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Desde la Fundación Villacisneros, la Fundación Valores y Sociedad, la Asociación Católica de Propagandistas y la Fundación Cultural Ángel Herrera Oria celebramos el pasado 26 de abril una nueva dentro del ciclo “La alternativa cultural al Frente Popular” bajo el título, “Ley de Infancia: Ingeniería social”.

Contamos con la intervención de María Calvo, profesora titular de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III y Monseñor José Ignacio Munilla, Obispo de San Sebastián. El moderador de la sesión fue el periodista Cayetano González.

Si aún no has podido ver la conferencia, puedes hacerlo aquí:

LO QUE DEBES SABER SOBRE LA LEY DE INFANCIA

Es “una ley de género y discriminación parental”.

“En honor a los principios que inspiran y concretan este proyecto de ley, debería denominarse Ley de Género y Discriminación Parental”, aseguran estas instituciones, que han creado un grupo de trabajo de juristas y académicos para analizar la norma.

El proyecto de ley supone “un nuevo instrumento al servicio de la ingeniería social que pretende cambiar las conciencias de las personas y, de esta manera, sustituir un orden social por otro”.

Afecta a “la libertad de conciencia de los padres como educadores y defensores de la salud psíquica, moral, psicológica y social de sus hijos”.

La ley “erige como criterio general que la educación se asiente, entre otros criterios, en la deconstrucción de los roles y estereotipos de género”.

Es preocupante “el poder que el proyecto de ley da a las autoridades jurisdiccionales” así como “la inseguridad jurídica y arbitrariedad que suponen algunos artículos” lo que puede abocar “a la más completa indefensión de padres y menores”.

El proyecto de ley “convierte la excepción –privar de la patria potestad– en un recurso frecuente ante situaciones cuyo tenor literal emplea nociones jurídicas que son indeterminadas, cuestiobables e ilegítimas”.

“La ley no define términos controvertidos como la llamada identidad de género, orientación sexual, parentalidad positiva, razones de género, etcétera”.

“Quienes ostentan la patria potestad pueden ser considerados culpables ‘a priori’ por la mera denuncia de una presunta víctima” y rechazan que se “permite una mayor intervención de la autoridad pública en el ámbito propio de la patria potestad”.

Muchos preceptos del proyecto de ley “vulneran el derecho a discrepar legítimamente y el deber de proteger a los hijos de la injerencia pública en la formación de su conciencia, sus valores y su modo de vida”.

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