El 26 de noviembre finalizamos el ciclo sobre la impunidad de ETA, con el último coloquio en el que se abordó la responsabilidad penal de los jefes de la banda terrorista. Nos acompañaron dos expertos con años de trabajo en la Audiencia Nacional, el Magistrado Juan Pablo González y el Fiscal Marcelo Azcárraga. Teresa Jiménez Becerril, adjunta al Defensor del Pueblo, moderó el diálogo.
Comenzaron los ponentes respondiendo a la pregunta sobre si la incorporación del delito de lesa humanidad al código penal en 2004 podía ser una oportunidad para enjuiciar a los dirigentes de ETA. Juan Pablo Gonzalez, primer juez en dictar auto de procesamiento en 2015 contra la cúpula de ETA por este delito, consideró que puede serlo aunque existe el riesgo de invocar la prescripción de los delitos.
Ambos ponentes coincidieron en que la razón por la que más del 40% de los crímenes de ETA estén impunes, se debe sobre todo a la falta de respuesta del legislador para actuar con la diligencia debida. Recordaron que la mayoría de los crímenes de ETA se juzgaron al amparo del código penal de 1973, un código mucho más benévolo en el cumplimiento de las penas que el aprobado en 1995. Si bien el código de 1973 contemplaba la pena de muerte -eliminada en la Constitución de 1978- recogía también la redención de pena por trabajo, circunstancia que permitió que casi ningún preso estuviera más de 18 años en prisión.
Los dos ponentes insistieron en que la prescripción no puede evitar que caduque el derecho a la verdad y a la tutela judicial efectiva, al menos en cuanto a la investigación de los crímenes aunque pudiera no existir sentencia condenatoria. Es un derecho que no puede ser sustraído a las víctimas y merece el impulso adecuado por parte de la Fiscalía y los jueves para hacerlo efectivo.
Coincidieron ambos también en que a las deficiencias legislativas hubo que sumar durante mucho tiempo -incluso hasta hoy- la falta de cooperación con la justicia española por parte de la justicia francesa en la entrega para su enjuiciamiento de los terroristas residentes en este país. Juan Pablo González recordó que la orden europea de detención y entrega dictada por él en 2015 contra cinco dirigentes de la banda, no fue atendida por sus autoridades.
Por último otra de las razones que explican la situación actual es el hecho de que hubo que esperar hasta la reforma del código penal en 2010 para declarar imprescriptibles los delitos de terrorismo. Si tenemos en cuenta que el último atentado mortal de ETA se produjo ese marzo de ese mismo año -precisamente en suelo francés- pueden entenderse las dificultades para imputar la responsabilidad penal a los jefes de la banda.
Para conocer con más detalle el coloquio pueden verlo completo en la grabación incorporada en nuestra web.





















